El Reglamento Europeo de Sucesiones se aplica a las sucesiones a partir del 17 de agosto de 2015.
Afecta a todos los Estados miembros de la Unión Europea a excepción de: Reino Unido, Irlanda y Dinamarca.
Una de las reformas más importantes hace referencia a la ley que ha de regir la sucesión del fallecido: será la de país de residencia habitual antes del fallecimiento a no ser que haya especificado ante notario que prefiere que se el país de su nacionalidad.
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